Asegura tus ingresos en caso de baja laboral

Billin te da acceso al mejor seguro de Incapacidad Laboral del mercado. Desde 120€ al año

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El Seguro de Baja Laboral o ILT te garantiza el cobro de una cantidad en caso de que sufras una baja por incapacidad laboral temporal total.

 

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¿Cómo saber si necesito un Seguro de Baja Laboral?

En caso de enfermedad o accidente, el dinero que recibes de la seguridad social suele ser inferior a lo que ganas y necesitas. Si eres autónomo, tienes que seguir pagando la cuota de autónomos.

Con el cotizador de thenowo puedes elegir la cantidad diaria que quieres recibir durante la baja, con o sin hospitalización, además de establecer una franquicia en días para adecuar el precio.

En la mayoría de comunidades y actividades, es un gasto deducible de hasta 500 € por persona.

El seguro que te garantiza el cobro de una cantidad por incapacidad laboral

El Seguro de Baja Laboral complementará las prestaciones que recibas de la seguridad social en caso de sufrir una incapacidad temporal por enfermedad o accidente que no te permita desempeñar tu actividad profesional

Beneficios fiscales

Cobertura COVID-19

Ámbito mundial

Póliza personalizable

¿NECESITAS AYUDA?

Preguntas frecuentes del Seguro de Baja Laboral

  • Incapacidad laboral temporal.
  • Baja laboral por accidente de trabajo.
  • Baja por accidente no laboral.
  • Enfermedad derivada de tu actividad profesional.
  • Enfermedad común.

Sí. Los trabajadores que están en el régimen general de la seguridad social también pueden contratar estos seguros, aunque la mayoría de las compañías limitan el importe diario o bien incluyen una franquicia.

La respuesta es sí. Los seguros de baja laboral son deducibles:

Para los autónomos, los seguros de baja laboral entre otros son deducibles en el IRPF hasta 500 euros por cada integrante de la familia del autónomo, como concepto de gastos sanitarios.

Además, para las empresas también es un gasto deducible para sus trabajadores.

Una baja laboral puede hacer que tus ingresos sean, temporalmente, más bajos de lo habitual y que no lleguen a cubrir tus necesidades. Para compensar los ingresos de la Seguridad Social durante ese periodo lo más recomendable es prevenir contratando un seguro de Baja Laboral.

Para hacerlo ten en cuenta que la prima variará dependiendo de tu edad y actividad profesional, entre otros factores, pero también de la cuantía que desees recibir diariamente durante el periodo en el que estés inactivo, y de si eliges una póliza con o sin baremo o franquicias.

Las exclusiones son todas aquellas situaciones que no estarían cubiertas por tu seguro.

  • Preexistencias, alteraciones de salud, lesiones o defectos anteriores a la fecha de emisión de la póliza
  • Enfermedades y accidentes producidos en deportes practicados con carácterprofesional
  • Alteración en el estado de salud durante la baja por maternidad
  • Enfermedades y/o trastornos mentales y del comportamiento sin hospitalización
  • Trastornos ocasionados o desencadenados por el stress
  • SIDA y enfermedades causadas por el VIH
  • Fibromialgia y Síndrome de Fatiga Crónica
  • Alteraciones de salud causadas por guerra o energía atómica/nuclear, ingesta de bebidas alcohólicas, toxicomanía y tentativa de suicidio

Porque los profesionales autónomos, dado que mantienen con la Seguridad Social unas bases de cotización escasas, no reciben en muchos casos por una baja una cantidad superior a los 400 o 600 euros mensuales. El seguro de baja diaria complementa esta cantidad hasta llegar a cubrir totalmente las necesidades reales de nuestros asegurados.

La carencia es el tiempo que tu póliza tardará en estar plenamente en vigor. Es decir, hasta que no pase un determinado tiempo no se activarán ciertas coberturas.

Ejemplo: Carencia 2 meses en enfermedad significa que hasta que no pasen 2 meses, las enfermedades no estarán cubiertas.

Busca un producto o aseguradora que tenga carencias que se ajusten a tus necesidades.

En la mayoría de los casos, si provienes de otra póliza de baja laboral, las aseguradoras eliminan las carencias. Excepto en el caso de bajas relacionadas con el parto.